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miércoles, 20 de enero de 2010

BONIFICACIÓN vs. DEDUCCIÓN POR I+D

La bonificación del 40% de las Contingencias Comunes en la cotización a la Seguridad Social del Personal Investigador fue introducida por la Ley 35/2.006 con la supuesta intención de que pudieran beneficiarse de ella las Empresas que, por no tener suficiente cuota tributaria (por ser de nueva creación o estar en pérdidas) no podían aplicarse las Deducciones fiscales por I+D+i.

Sin embargo la Bonificación es incompatible con las Deducciones por I+D+i.

Analicemos las ventajas de una y otra:


Supongamos un empleado ficticio evidentemente investigador con un sueldo bruto de 37.000€ y un coste empresa de 46.727
€.


Aplicando el 40% de bonificación de contingencias comunes
sobre personal investigador obtendríamos un ahorro de 2.926,58€


Aplicando la deducción de I+D (Nota: los coeficientes aplicados corresponden a 2006) obtendríamos los siguientes descuentos según el tipo que apliquemos:



Por tanto, aplicando la deducción de I+D podemos obtener un descuento de 23.363,42€ a 32.708,79€

Por consiguiente desde GROW UP os animamos a que mediante este pequeño análisis sopeséis el tipo de descuento que estáis aplicando y utilicéis aquel que mejor resultado os de. Por regla general os desaconsejamos utilizar la opción de Bonificación ya que tal y como habéis observado nos lleva a unos descuentos mucho menores que la deducción por I+D+i.

¡Esperamos que esta información os sea útil!